La copia de software no es delito

En este caso la acusación pedía una pena económica.

El que la pena sea económica no quiere decir que la vía sea administrativa. Lo que dice esa sentencia es que no se aprecia delito, es decir, no es punible penalmente, o dicho de otro modo, los hechos no pueden encuadrarse en ningún artículo del código penal.

La vía administrativa es otra historia y seguramente los mismos hechos sí serán punibles aplicando el código civil o cualquier otra norma administrativa al uso.

El que un guardia civil, policía o funcionario, no se acuerde de nada es lo más normal. Hacen un montón de movidas de estas al mes y los llaman a declarar al cabo de dos o tres años. Lo que me llamaría la atención es que se acuerden de algo en concreto cuando les preguntan. En un juicio al que fui de testigo oí a un pobre guardia relatar los hechos de un accidente de trafico. Le preguntaron que si el recordaba que exactamente habían ocurrido así las cosas y sólo pudo contestar: pues la verdad es que no, hace cinco años de esto, pero lo tengo anotado en mí diario de trabajo. Un abrazo.

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